Cuentas Claras
Modelo 303

Calculadora IVA trimestral 2026 (Modelo 303)

Calcula el IVA a ingresar o compensar cada trimestre como autónomo o empresa. Incluye plazos de presentación del modelo 303.

Datos

€
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Resultado

IVA a ingresar

1470,00 €

Presentar modelo 303, hasta el 20 de abril

IVA repercutido

2100,00 €

Cobrado a clientes

IVA soportado

630,00 €

Pagado en gastos deducibles

Ver desglose completo▾
PeríodoPresentación hasta el 20 de abril1T
IVA repercutido (ventas/servicios)Casilla 27 del modelo 3032100,00 €
(-) IVA soportado deducibleCasilla 46 del modelo 303630,00 €
Resultado: a ingresarCasilla 711470,00 €

Cálculo básico IVA repercutido – IVA soportado. No contempla rectificaciones, regularizaciones de prorrata, bienes de inversión ni regímenes especiales (agricultura, recargo de equivalencia, criterio de caja…). Fuente: Ley 37/1992 del IVA.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el IVA trimestral?
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El IVA a ingresar cada trimestre es la diferencia entre el IVA repercutido (el que has cobrado a tus clientes en tus facturas) y el IVA soportado (el que has pagado en tus compras y gastos deducibles). Si el resultado es positivo, pagas a Hacienda; si es negativo, puedes compensarlo en trimestres siguientes o solicitar la devolución en el 4T.
¿Cuándo se presenta el modelo 303?
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El modelo 303 (autoliquidación trimestral del IVA) se presenta en los 20 primeros días del mes siguiente al trimestre: abril (1T), julio (2T), octubre (3T) y hasta el 30 de enero del año siguiente (4T). Si el resultado es a devolver, solo puedes solicitarlo en la declaración del 4T (salvo inscripción en REDEME).
¿Qué IVA aplica a mis facturas como autónomo?
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Depende del tipo de actividad: el 21% (general) para la mayoría de servicios profesionales; el 10% (reducido) para hostelería, transporte de personas, obras de renovación de vivienda y algunos alimentos; el 4% (superreducido) para alimentos básicos, libros y medicamentos. Algunas actividades están exentas de IVA (sanitarias, educativas, financieras).
¿Qué gastos son deducibles en el IVA?
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Puedes deducirte el IVA soportado en gastos necesarios para tu actividad: material de oficina, equipos informáticos, suministros del local, publicidad, servicios profesionales, cuotas de asociaciones y otros gastos directamente relacionados con la actividad económica. El IVA de gastos mixtos (uso profesional y personal) solo es deducible en la proporción de uso empresarial.
¿Canarias, Ceuta y Melilla aplican IVA?
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No. Canarias tiene su propio impuesto indirecto: el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), con tipos diferentes al IVA. Ceuta y Melilla aplican el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación). Estas tres jurisdicciones están fuera del ámbito de aplicación del IVA español.
¿Qué es el IVA de caja?
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El régimen especial del criterio de caja permite que los autónomos y pymes declaren el IVA cuando cobran o pagan efectivamente, en lugar de cuando emiten o reciben la factura. Está pensado para evitar problemas de liquidez cuando tienes facturas emitidas pero no cobradas. Es opcional y se solicita al inicio o en enero de cada año.

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